22 de septiembre de 2022. La alcaldesa. Natalia Troya Isern).
Son Servera recaba los registros de caminos de titularidad pública e inicia expediente de investigación de aclaración por alegaciones
Camino núm. 34 del catálogo de caminos , de Son Xerubí a Son Sard. Camino núm. 35 del catálogo de caminos, de Son Escrivà. Camino núm. 48 del catálogo de caminos, del Puig de Sa Font.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 24/09/2022 - 09:42:26
Camino núm. 56 del catálogo de caminos, de Capdepera por el collado de la Torre. Camino núm. 38 del catálogo de caminos, de Na Penyal. Hay plazos abiertos para reclamaciones.

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA. Nº. 538132. Investigación de la titularidad de caminos (Expediente 3399-2022). Natalia Troya Isern, alcaldesa del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto, mediante la Resolución de Alcaldía núm. 1376/2022, de 14 de septiembre de 2022, lo siguiente:

“Considerando el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Son Servera, de 21 de febrero de 2008, que aprueba con carácter definitivo el Catálogo de caminos del término municipal de Son Servera, a excepción de los caminos a los que se han presentado alegaciones, e inicia un expediente de investigación de los caminos afectados, a fin de determinar su carácter público o privado, siendo estos caminos los siguientes:

Camino núm. 16 del catálogo de caminos, de Son Pentinat. . Camino núm. 14 del catálogo de caminos, de Capdepera por el Coll Baix. Camino núm. 27 del catálogo de caminos, de Son Jordi.

Camino núm. 34 del catálogo de caminos , de Son Xerubí a Son Sard. Camino núm. 35 del catálogo de caminos, de Son Escrivà.
Camino núm. 48 del catálogo de caminos, del Puig de Sa Font.
Camino núm. 16 del catálogo de caminos, de Son Pentinat.
Camino núm. 14 del catálogo de caminos, de Capdepera por el Coll Baix. Camino núm. 27 del catálogo de caminos, de Son Jordi. Camino núm. 56 del catálogo de caminos, de Capdepera por el collado de la Torre. Camino núm. 38 del catálogo de caminos, de Na Penyal.

Visto el informe emitido por la TAG de Urbanismo y el secretario accidental, de 9 de septiembre de 2022, y de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Vista la propuesta de resolución PR/2022/101 de 14/ de septiembre/2022. De acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia del régimen local, y concretamente de acuerdo con el artículo 21), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local .

RESOLUCIÓN. Primero.- Incoar expediente de investigación de la titularidad de los caminos señalados a continuación, los cuales presuntamente pertenecen al Ayuntamiento de Son Servera y recabar de los registros que correspondan antecedentes y datos consten relativos a los bienes antes descritos, investigados, e incorporándolas en el expediente:

Camino núm. 34 del catálogo de caminos , de Son Xerubí a Son Sard.
Camino núm. 35 del catálogo de caminos, de Son Escrivà.
Camino núm. 48 del catálogo de caminos, del Puig de Sa Font.
Camino núm. 16 del catálogo de caminos, de Son Pentinat. .
Camino núm. 14 del catálogo de caminos, de Capdepera por el Coll Baix.
Camino núm. 27 del catálogo de caminos, de Son Jordi.
Camino núm. 56 del catálogo de caminos, de Capdepera por el collado de la Torre.
Camino núm. 38 del catálogo de caminos, de Na Penyal.

Segundo.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears por un plazo de 15 días hábiles. Edicto que se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento. Tercero.- Dar traslado de esta resolución de inicio del expediente de investigación a la Delegación del Gobierno en las Illes Balears y al Consell Insular de Mallorca.

Cuarto.- Abrir trámite de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al que se dé por terminado el plazo de la resolución de inicio, a fin de que las personas afectadas por el expediente de investigación puedan alegar por escrito lo que estimen conveniente a su derecho, ante esta Corporación, acompañando todos los documentos en los que fundamenten sus alegaciones. Quinto.- Notificar a los afectados que han presentado alegaciones en el Catálogo de Caminos.

Sexto.- Abrir un período de prueba por plazo de 30 días, en el que serán admisibles los siguientes elementos: Los documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados de acuerdo a derecho. El reconocimiento y dictamen pericial. La declaración de testigos.

Séptimo.- Se pondrá de manifiesto el expediente por plazo de 10 días a las personas a las que afecte esta investigación y hubieran comparecido en él, a fin de que, y dentro de dicho plazo, aleguen lo que estimen más oportuno a su derecho. De todo lo que se dará cuenta al Pleno de la Corporación a fin de que resuelva en consecuencia. (Firmado electrónicamente: 22 de septiembre de 2022. La alcaldesa. Natalia Troya Isern).

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