
AGENCIA MANACORNOTICIAS 23/07/2026 - 08:42:50 | ![]() ![]() |

![]() | Bienestar Social y Atención a la Dependencia dictó resolución por la que se aumentaron 5 plazas del mencionado concierto social, pasando a tener un total de 35 places. |
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia relativa a la ampliación de plazas del Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Residència Hospital de Llevant S.L. para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la Residencia Hospital de Llevant
En fecha 30 de noviembre de 2021 se firmó el primer concierto social para el servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes y la entidad Residencia del Hospital de Llevant S.L. (Residencia Hospital de Llevant) para el cual se concertaron 30 plazas. Este concierto tenía una vigencia de cuatro años, contadores desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2025.
En fecha 24 de julio de 2025, la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia dictó resolución por la que se aumentaron 5 plazas del mencionado concierto social, pasando a tener un total de 35 places. En fecha 17 de noviembre de 2025, se renovó el concierto social por resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, para cuatro años, contadores desde el 1 de diciembre de 2025 hasta día 30 de noviembre de 2029.
En fecha 17 de junio de 2026, la entidad Residència de l'Hospital de Llevant S.L., solicitó ampliar las plazas del Acuerdo de acción concertada que actualmente tiene firmado con la consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia relativo al servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, ya que dispondrá de un número de 10 plazas residenciales libres en la Residencia Hospital de Llevant, a partir del día 1 de septiembre de 2026.
Resolución. Aprobar el expediente de ampliación de 10 plazas residenciales concertadas con le entidad Residència Hospital de Llevant S.L., con NIF núm. B86644317 en la Residencia del Hospital de Llevant, en la isla de Mallorca, al precio de 94,67 €/día (IVA incluido) desde el día 1 de septiembre de 2026 hasta el día 30 de noviembre de 2029 (1187 días), fecha de finalización del concierto.
Autorizar y disponer de un gasto a favor de la entidad Residència Hospital de Llevant S.L., con NIF núm. B86644317, de 786.613,03 € con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 de los presupuesto generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del año 2025 prorrogados para el año 2026, y la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los años 2027, 2028 y 2029 correspondientes al periodo de tiempo comprendido entre el día 1 de septiembre de 2026 y el día 30 de noviembre de 2029, fecha de finalización del concierto, de acuerdo con el desglose y la imputación temporal siguiente:
Ejercicio 2026: 60.304,79 € correspondiente a las mensualidades de septiembre a noviembre de 2026.
Ejercicio 2027: 241.881,85 €, correspondiente a las mensualidades de diciembre de 2026 a noviembre de 2027.
Ejercicio 2028: 242.544,54 €, correspondiente a las mensualidades de diciembre de 2027 a noviembre de 2028.
Ejercicio 2029: 241.881,85 €, correspondiente a las mensualidades de diciembre de 2028 a noviembre de 2029. Esta ampliación del concierto se regirá por las estipulaciones contenidas en su documento de formalización firmado el día 30 de noviembre de 2021, por su renovación firmada en fecha 17 de noviembre de 2025 y por el Pliego general de prescripciones técnicas. Notificar la resolución a la entidad interesada.
Interposición de recurso. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Palma, en la fecha de la firma electrónica (20 de julio de 2026). La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, Sandra Fernández Herranz.


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